LA MUERTE DE ROE VS. WADE

EE. UU.: Corte Suprema acaba con el “derecho al aborto”

Por Luis Alberto Chávez

¡Gran noticia! Año 2022, en el dí­a del Corazón de Jesús, después de 49 años de impunidad del aborto en los Estados Unidos, la Corte Suprema determinó que la Constitución de su paí­s no otorga ningún derecho a abortar.

Manifestación contra el aborto frente a la Corte Suprema

Abolida la infame jurisprudencia previa: Roe y Casey

Queda atrás, por tanto, la catastrófica jurisprudencia de 1973 (Roe vs. Wade), reafirmada y parcialmente modificada en 1992 (Planned Parenthood of Southeastern Pennsylvania vs. Casey). Ella determinaba que el aborto es un asunto privado, que no afecta ni incumbe a nadie más que a la mujer embarazada. Así­, toda ley que lo impidiera pasó a ser considerada inválida, pues, supuestamente, estarí­a violando el derecho constitucional a la libertad.

La nueva sentencia, que llamaremos abreviadamente Dobbs [1], analiza esos argumentos, concluyendo que se trató de interpretaciones erradas de la Constitución e inobservancia de los criterios jurí­dicos establecidos en la jurisprudencia previa.

Bajo las sentencias de Roe y Casey, se asesinó legalmente a más bebés que los habitantes que tiene nuestro paí­s: una verdadera matanza de inocentes. Finalmente hoy han quedado abolidas.

La gran laguna de esta nueva sentencia

Aclaramos que esto no significa que el aborto quede prohibido. No; Dobbs solo implica que cada estado de la federación norteamericana puede prohibirlo, como también permitirlo o regularlo.

Lamentablemente la Corte no ha profundizado su análisis como para concluir lo obvio: que el derecho humano a la vida (en este caso, del bebé) es superior a cualquier derecho de menor jerarquí­a. No ha osado mostrar la maldad moral de matar a una criatura indefensa. Todo esto les llevarí­a a declarar inconstitucional cualquier ley que permita el aborto, por asesina.

No es una sentencia basada en la moral ni en conceptos de derecho natural, mucho menos en la Ley de Dios, sino en cuestiones que podrí­amos llamar de técnica jurí­dica. Se mantiene dentro de la precaria seguridad de las leyes humanas, que pueden cambiar con el tiempo. Y esto no resuelve el problema.

Aún así­, es un paso muy importante, pues acaba con la situación anterior, que era de libertad casi total, y parecí­a imposible de cambiar. Ahora ya se puede dar leyes antiaborto; hasta ayer era inútil.

La furia abortista

Por ello, los grupos pro aborto están en ebullición desde que se filtró el borrador de sentencia, hace unas semanas atrás. El colectivo "La venganza de Jane" (que en previsión de esta sentencia ha cometido al menos 13 atentados, y le son atribuidos seis más), ha hecho un llamamiento para desencadenar una "noche de furia".

John Horvat, de la Sociedad Norteamericana de Defensa de la Tradición, Familia y Propiedad (TFP), observa que la histeria de los abortistas radicales en estas semanas nos trae cinco lecciones:
1. La polémica se centra en una falsa noción de libertad.
2. Para la defensa del aborto se unen todas las formas de lujuria y pasiones desordenadas.
3. El aborto además une a la izquierda polí­tica.
4. Los abortistas defienden la legalidad sólo cuando les conviene.
5. El movimiento abortista tiene cada vez más notas anticristianas y hasta satánicas [2].

Ataque del colectivo "La venganza de Jane" a la sede de "Wisconsin Family Action". Lanzaron dos bombas molotov que felizmente no estallaron, pero finalmente encendieron fuego por otros medios

Por su parte, las autoridades pro aborto en los diferentes estados han venido trabajando leyes para asegurar la continuidad de este crimen. La lucha no termina; se traslada a cada estado.

Legisladores y ciudadanos pro vida con renovada pujanza

De otro lado, los legisladores pro vida han venido trabajando en leyes que protejan al concebido. De hecho, el caso Dobbs es el resultado de una ley restrictiva del estado de Misisipi, promulgada con la intención de que los abortistas la impugnen en los tribunales, en la esperanza de llegar a la Corte Suprema y motivar este cambio de jurisprudencia. Y tuvieron éxito.

Ellos, y todos los legisladores pro vida, tendrán que soportar el embate de las fieras pro muerte ante cada norma restrictiva o prohibitiva que quieran promulgar. Y para eso será importante la pujanza de las corrientes pro vida en todo el paí­s, que ahora se encuentran con ánimo renovado.

Impacto mundial

Este suceso en el paí­s más influyente del mundo tendrá indudable repercusión. Aquellos que pensaban que hay que aceptar el aborto porque es legal en las naciones “modernas” y “no podemos quedarnos atrasados”, ahora podrán darse por enterados que las leyes inicuas no tienen por qué ser consideradas modernas, obligatorias ni eternas.

Que el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de Marí­a permitan que este hecho dé impulso a los defensores de la vida en todo el mundo, y nos den astucia y fuerzas para resistir los embates abortistas en cada uno de nuestros paí­ses.

Algunas consideraciones tomadas de la sentencia Dobbs:

* “La Constitución no menciona expresamente un derecho a acceder al aborto”.
* “Roe estuvo enormemente equivocada y fue profundamente dañina. (...) su análisis constitucional estuvo bastante fuera de los lí­mites de una interpretación razonable de los varios preceptos constitucionales a los que vagamente alude”.
* “Ninguna de las otras sentencias citadas por Casey [para fundamentar su juicio] envolví­an la cuestión moral crí­tica planteada por el aborto”, es decir “su efecto en lo que Roe llamó ”vida potencial” y la ley de Misisipi llama “un ser humano no nacido”. Es decir, Casey se apoyó en jurisprudencia no aplicable.
* “Sin base alguna en el texto constitucional, la historia o precedentes [jurisprudenciales], Roe impuso a todo el paí­s un conjunto detallado de reglas dividiendo el embarazo en trimestres, análogamente a lo que se podrí­a esperar de un estatuto o reglamento”. En otras palabras, actuó como si fuera un ente legislativo, extralimitando su función judicial.
* “La Corte saltó por encima del proceso democrático al cerrarlo para el gran número de norteamericanos que discrepan de Roe”.

Finalmente, la decisión:

“La Constitución no prohí­be que los ciudadanos de cada estado regulen o prohí­ban el aborto. Roe y Casey se arrogaron esa autoridad. La Corte [ahora] deroga y sustituye esas decisiones y devuelve dicha autoridad al pueblo y a sus representantes electos”.







[1Dobbs, State Health Officer of the Mississippi Department of Health, et al. Vs. Jackson Women”s Health Organization et al. Disponible en https://www.supremecourt.gov/opinions/21pdf/19-1392_6j37.pdf





Portada del sitio Temas internacionales Revolución cultural



¿Un mensaje, un comentario?

moderación a priori

Este foro es moderado a priori: su contribución sólo aparecerá una vez validada por un/a administrador/a del sitio.

¿Quién es usted?
Su mensaje

Para crear párrafos, deje simplemente líneas vacías.

Cerrar